1 El Fundamento: ¿Dato Personal o Dato Profesional?
El error más grave es tratar un correo corporativo como si fuera un número celular privado. El Artículo 5 del Reglamento de la LFPDPPP es claro: los datos de personas físicas que prestan servicios para una empresa no requieren consentimiento siempre que se limiten a:
- Nombre y apellidos del colaborador.
- Puesto o cargo desempeñado.
- Datos de contacto profesional (teléfono de oficina, extensión y correo corporativo).
Conclusión: Puedes contactar al "Director de Compras" sin violar la ley, pues lo haces en su calidad de representante de una entidad comercial.
2 El Aviso de Privacidad: Tu Escudo ante el INAI
La ley no prohíbe el contacto, pero sí exige la transparencia. El mayor riesgo de multa es no informar quién eres y qué harás con la información.
- Primer Contacto: Por llamada o email, debes mencionar que tienes un Aviso de Privacidad.
- Disponibilidad: Debe estar accesible en tu web (ej. sendmailmexico.com.mx/aviso-privacidad).
- Finalidad: Debe especificar el uso para "prospección comercial".
3 Gestión de Derechos ARCO y Listas de Exclusión
Para una prospección ética, garantiza que el prospecto tenga "la puerta abierta" para salir de tu base de datos (Derecho de Oposición y Cancelación).
| Acción Obligatoria | Implementación Técnica |
|---|---|
| Baja Voluntaria | Incluir un enlace de "Unsubscribe" funcional en cada correo. |
| Lista de Exclusión | Mantener una base interna de personas que pidieron no ser contactadas. |
| Respuesta ARCO | Informar si el dato proviene de una fuente de acceso público o registro legítimo. |
4 Auditoría de Proveedores: El Factor SendMail México
El INAI puede hacerte responsable si compras listas robadas. Al elegir un socio, asegura que cumpla con:
- Licitud de Origen: Datos de directorios y fuentes públicas oficiales.
- Calidad: Datos depurados que evitan el contacto B2C (personas físicas).
- Seguridad: Protocolos de encriptación en la transferencia de datos.

